El Buen Gobierno Cooperativo: Funciones, Responsabilidades y Retos en las Cooperativas de Ahorro y Crédito

Asamblea, Consejos y Gerencia bajo la mirada de la ética, la capacitación continua y la responsabilidad social

Introducción

El marco jurídico ecuatoriano reconoce a las cooperativas de ahorro y crédito (COAC) como actores estratégicos dentro del sistema económico y financiero. La Constitución de la República del Ecuador establece en el art. 283 que el sistema económico es social y solidario, considerando al ser humano como sujeto y fin, y promoviendo condiciones para el buen vivir (Constitución, 2008).

El art. 308 reconoce que las actividades financieras son de orden público, sujetas a supervisión estatal, buscando preservar depósitos, democratizar el crédito y orientar recursos hacia el desarrollo productivo y socialmente responsable (Constitución, 2008).

Por su parte, el art. 143 del COMYF define la actividad financiera como todas las operaciones y servicios vinculados con flujos o riesgos financieros, realizadas por entidades del sistema financiero con recursos de terceros, bajo autorización de los organismos de control (COMYF, 2004).

En este contexto, las COAC no son meros intermediarios financieros: son organizaciones sociales y solidarias, regidas por principios de democracia, participación y responsabilidad colectiva. Su gobernanza se apoya en tres pilares: Asamblea General, Consejos (Administración y Vigilancia) y Gerencia, cuyo desempeño determina la sostenibilidad y legitimidad del sector (LOEPS, 2011; Pérez, 2015).



🏛 Asamblea General de Socios

La Asamblea General es el máximo órgano de gobierno de la cooperativa (LOEPS, art. 37) y sus resoluciones son de cumplimiento obligatorio.

Funciones principales (LOEPS, art. 38):

  • Aprobar y reformar estatutos de la cooperativa.
  • Conocer y resolver sobre informes del Consejo de Administración, Consejo de Vigilancia y Gerencia.
  • Elegir y remover miembros de los Consejos de Administración y Vigilancia.
  • Aprobar balances, estados de resultados y distribución de excedentes.
  • Decidir sobre fusión, escisión, transformación o liquidación de la entidad.
  • Resolver sobre responsabilidad civil de directivos y administradores.
  • Establecer directrices generales para el cumplimiento de los fines de la cooperativa.

📌 Clave: La Asamblea garantiza control democrático y participación activa, siendo el espacio donde se define la estrategia y se legitiman decisiones colectivas (SEPS, 2023; Pérez, 2015).

👥 Consejo de Administración

El Consejo de Administración es el órgano de dirección y administración estratégica (LOEPS, art. 47).

Funciones (LOEPS, art. 48):

  • Cumplir y hacer cumplir resoluciones de la Asamblea.
  • Formular políticas, planes y proyectos de la cooperativa.
  • Designar y evaluar al Gerente General.
  • Aprobar reglamentos internos.
  • Decidir sobre admisión, exclusión o suspensión de socios.
  • Autorizar operaciones de crédito e inversión según políticas aprobadas.
  • Presentar informes de gestión a la Asamblea.

📌 Clave: Este Consejo marca la estrategia y políticas de desarrollo, asegurando la coherencia con los objetivos sociales y financieros de la cooperativa (SEPS, 2023; Pérez, 2015).

🔎 Consejo de Vigilancia

El Consejo de Vigilancia es el órgano de control y fiscalización de la gestión administrativa, económica y financiera (LOEPS, art. 52).

Funciones (LOEPS, art. 53):

  • Verificar que operaciones se ajusten a la ley, estatutos y reglamentos.
  • Fiscalizar actos del Consejo de Administración y Gerencia.
  • Informar a la Asamblea sobre resultados de su gestión.
  • Revisar balances, estados financieros y auditorías.
  • Velar por el uso correcto de los recursos.
  • Denunciar irregularidades y recomendar acciones correctivas.

📌 Clave: Este Consejo garantiza transparencia, protegiendo los intereses de los socios y fortaleciendo la confianza en la institución (SEPS, 2023; Pérez, 2015).

👔 Gerencia General

La Gerencia ejecuta decisiones estratégicas y administra operaciones diarias, designada por el Consejo de Administración (LOEPS, art. 55; COMYF, arts. 96-97).

Funciones:

  • Representar legalmente a la cooperativa.
  • Ejecutar políticas y decisiones del Consejo de Administración.
  • Administrar recursos financieros, humanos y materiales.
  • Presentar informes periódicos de gestión y estados financieros.
  • Dirigir al personal de la cooperativa.
  • Cumplir disposiciones de organismos de control (SEPS).
  • Implementar control interno y gestión de riesgos.

📌 Clave: El Gerente asegura la gestión eficiente, impactando directamente en la estabilidad financiera y la confianza de los socios (SEPS, 2023; Pérez, 2015).

📊 Conclusión

El cumplimiento de funciones no debe ser solo formal, sino un compromiso ético y técnico. La aplicación del principio cooperativo de educación, formación e información es vital: directivos y gerentes requieren actualización continua en gobernanza, riesgos y normativa financiera (Pérez, 2015). La falta de capacitación genera decisiones improvisadas y pérdida de confianza.

Los dirigentes tienen responsabilidad civil y penal por incumplimiento de deberes. Una mala gestión afecta a la institución y a la comunidad: pérdida de ahorros, menor acceso al crédito y debilitamiento de la cohesión social (LOEPS, 2011).

El reto central es mantener alineación estratégica entre Asamblea, Consejos y Gerencia, fortaleciendo cohesión, democracia interna y visión compartida. Solo así las COAC pueden cumplir su misión de inclusión financiera, solidaridad y desarrollo sostenible, bajo un marco de transparencia, ética y responsabilidad social (SEPS, 2023; Pérez, 2015).

📚 Fuentes

  • Constitución de la República del Ecuador (2008), arts. 283 y 308.

  • Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria (LOEPS), arts. 37-55.

  • Código Orgánico Monetario y Financiero (COMYF), art. 143, arts. 96-97.

  • Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS), Buen Gobierno en COAC, 2023.

  • Pérez, R. (2015). Aplicación de buen gobierno corporativo.

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