VALORES COOPERATIVOS
A continuación se presenta un ejercicio de
definición de conceptos, basado en la consulta de diversas fuentes
bibliográficas. El espíritu de la propuesta no es establecer definiciones
rígidas, sino más bien abrir la discusión sobre qué entendemos por cada uno de
los valores.
Se parte del conjunto de valores aprobados
por la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) en 1995, aunque para algunos
autores la doctrina cooperativa trasciende los valores enunciados por dicha
organización.
Ayuda Mutua
Se da la “ayuda mutua” cuando dos o más
personas se socorren y cooperan entre sí para lograr las metas individuales o
colectivas propuestas.
Responsabilidad
La “responsabilidad” es la obligación de
responder por los propios actos. Es también garantizar el cumplimiento de los
compromisos adquiridos.
Democracia
En el cooperativismo hay “democracia”
cuando las y los asociados mantienen el control de la cooperativa, participando
activamente en la toma de decisiones en asambleas generales, en órganos
sociales a través de sus representantes o en otros espacios de poder.
Igualdad
Consiste en ofrecer el mismo trato y
condiciones de desarrollo a cada asociado o asociada sin discriminación de
sexo, etnia, clase social, credo y capacidad intelectual o física.
Equidad
La “equidad” se refiere a la noción de
justicia de dar a cada cual lo que se merece o ha ganado según sea su grado de
participación o aporte y reconociendo sus condiciones y características
especiales. Es decir, tomando en cuenta la diferencia.
Solidaridad
Es la adhesión libre y voluntaria a una
causa o empresa, creando una relación humana de mutuo apoyo donde la felicidad
particular depende de la felicidad colectiva. Es entonces la comunidad de
intereses, sentimientos y propósitos.
Honestidad
Es la honradez, la dignidad y la decencia
en la conducta de las y los asociados. La persona honesta es incapaz de robar,
estafar o defraudar.
Transparencia
En una cooperativa hay “transparencia”
cuando la información es administrada entre las y los asociados y dirigentes de
manera clara, veraz y oportuna. En la base de la transparencia está la
confianza, la comunicación y la franqueza. Se oponen a ella el encubrimiento y
el engaño.
Responsabilidad Social
En el cooperativismo la “responsabilidad
social” se vincula al compromiso con el desarrollo de la comunidad. Por ello
las cooperativas son agentes activos en la generación de empleo y en la justa
distribución de la riqueza.
Preocupación por los Demás
Hasta no lograr el bienestar material y
espiritual de las personas que le rodean, el cooperativista auténtico estará en
una condición de inquietud o desasosiego, buscando soluciones a los problemas
sociales. Eso es
“preocupación por los demás”.
PRINCIPIOS COOPERATIVOS
Los principios cooperativos son lineamientos por medio de los cuales las cooperativas ponen en práctica sus valores. Son la estructura base de las organizaciones asociativas y están estrechamente ligados entre si, por lo que si se ignora uno se menoscaban los demás.
Estos son:
Primer Principio: Membresía Abierta y Voluntaria
Las cooperativas son organizaciones voluntarias abiertas para todas aquellas personas dispuestas a utilizar sus servicios y dispuestas a aceptar las responsabilidades que conlleva la membresía sin discriminación de género, raza, clase social, posición política o religiosa.
Segundo Principio: Control Democrático de los Miembros
Las cooperativas son organizaciones democráticas controladas por sus miembros quienes participan activamente en la definición de las políticas y en la toma de decisiones. Los hombres y mujeres elegidos para representar a su cooperativa responden ante los miembros. En las cooperativas de base los miembros tienen igual derecho de voto (un miembro, un voto), mientras en las cooperativas de otros niveles también se organizan con procedimientos democráticos.
Tercer Principio: Participación Económica de los Miembros
Los miembros contribuyen de manera equitativa y controlan de manera democrática el capital de la cooperativa. Por lo menos una parte de ese capital es propiedad común de la cooperativa. Usualmente reciben una compensación limitada, si es que la hay, sobre el capital suscrito como condición de membresía. Los miembros asignan excedentes para cualquiera de los siguientes propósitos: el desarrollo de la cooperativa mediante la posible creación de reservas, de la cual al menos una parte debe ser indivisible; los beneficios para los miembros en proporción con sus transacciones con la cooperativa; y el apoyo a otras actividades según lo apruebe la membresía.
Cuarto Principio: Autonomía e Independencia
Las cooperativas son organizaciones autónomas de ayuda mutua, controladas por sus miembros. Si entran en acuerdos con otras organizaciones (incluyendo gobiernos) o tienen capital de fuentes externas, lo realizan en términos que aseguren el control democrático por parte de sus miembros y mantengan la autonomía de la cooperativa.
Quinto Principio: Educación, Formación e Información
Las cooperativas brindan educación y entrenamiento a sus miembros, a sus dirigentes electos, gerentes y empleados, de tal forma que contribuyan eficazmente al desarrollo de sus cooperativas. Las cooperativas informan al público en general -particularmente a jóvenes y creadores de opinión- acerca de la naturaleza y beneficios del cooperativismo.
Sexto Principio: Cooperación entre Cooperativas
Las cooperativas sirven a sus miembros más eficazmente y fortalecen el movimiento cooperativo, trabajando de manera conjunta por medio de estructuras locales, nacionales, regionales e internacionales.
Séptimo Principio: Compromiso con la Comunidad
La cooperativa trabaja para el desarrollo sostenible de su comunidad por medio de políticas aceptadas por sus miembros.